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UniversidaddeCádiz
Facultad de Filosofía y Letras

Estudiantes

Solicitud de evaluación global  

La Universidad de Cádiz establece en su Reglamento UCA/CG03/2024, de 22 de abril, por el que se modifica el Reglamento por el que se regula el Régimen de Evaluación (aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 22 de abril de 2024), concretamente, en su artículo 2, dos modalidades de evaluación:

 

a) evaluación continua y

b) evaluación global. 

 

Los/as estudiantes que quieran solicitar la evaluación global han de tener en cuenta que: 

1) La solicitud de evaluación global de una asignatura debe realizarse al profesorado responsable de la materia para la que la solicita.

2) La solicitud de evaluación global debe realizarse para cada convocatoria en la cual se opte por esta modalidad.

3) En aquellos casos que el alumnado solicite la prueba global para una asignatura renuncia a la evaluación continua.

4) Se puede solicitar la evaluación global desde la primera convocatoria.

5) La prueba o pruebas de evaluación global las establece el profesorado responsable de la asignatura.

 

De acuerdo con la instrucción del procedimiento, la evaluación global deberá solicitarse dentro de los siguientes plazos:

Convocatoria de diciembre: en un período de diez días a contar desde la finalización del plazo de solicitud de dicha convocatoria.

Convocatoria de febrero: del 15 al 25 de octubre.

Convocatoria de junio: en un período de diez días a contar desde el inicio del segundo semestre.

Convocatoria de septiembre: del 1 al 10 de julio.

Solicitud de la convocatoria de diciembre
La Universidad de Cádiz establece en su Reglamento UCA/CG03/2024, de 22 de abril, por el que se modifica el Reglamento por el que se regula el Régimen de Evaluación (aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 22 de abril de 2024), concretamente, en su artículo 3, la posibilidad de una convocatoria extraordinaria en diciembre, en los siguientes términos:

 

– en los títulos de grado, para aquellos estudiantes a los que les resten para finalizar sus estudios 42 créditos o menos de la carga lectiva de la titulación o, alternativamente, les resten un máximo de 3 asignaturas para terminar dichos estudios, aunque estas en su conjunto superen los créditos indicados, y
– en los títulos de máster, para aquellos estudiantes a los que les resten para finalizar sus estudios 12 créditos o menos sin contabilizar los créditos de las prácticas y del Trabajo de Fin de Máster en este cómputo. 

 

De acuerdo con el citado reglamento, la solicitud de convocatoria extraordinaria de diciembre deberá realizarse, tanto para Grado como para Máster, durante la segunda quincena de octubre.

 

El procedimiento para solicitarla es:

 

Solicitud de revisión de calificaciones ante el Departamento

De acuerdo con lo establecido en el artículo 19 del Reglamento UCA/CG03/2024, de 22 de abril, por el que se modifica el Reglamento por el que se regula el Régimen de Evaluación (aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 22 de abril de 2024) y con el artículo 165 de los Estatutos de la UCA, el estudiantado dispone de un procedimiento de reclamación de calificaciones tras la revisión realizada ante el profesorado responsable de la asignatura.

 

1) El estudiante podrá presentar una reclamación ante la Dirección del Departamento en un plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la finalización del período de revisión ante el profesorado.

2) La reclamación se realizará mediante un escrito razonado, que deberá remitirse por correo electrónico a la dirección del Departamento responsable de la asignatura.

 

El escrito de reclamación deberá incluir la siguiente información:

 

– Nombre, apellidos y DNI del solicitante.
– Titulación, curso y grupo al que pertenece.
– Asignatura respecto de la cual solicita la revisión.
– Dirección de contacto a efectos de notificaciones.
– Trabajo, prueba o examen cuya revisión se solicita y la justificación o motivo de la reclamación.
– Lugar, fecha y firma del solicitante.

Solicitud de evaluación por compensación

De acuerdo con lo establecido en los artículos 2 y 4 del Reglamento UCA/CG08/2014, de 16 de diciembre de 2014, de evaluación por compensación para el alumnado de la Universidad de Cádiz que cursa los títulos oficiales de grado y master  (aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de diciembre de 2014) , el estudiantado podrá solicitar la evaluación por compensación de los títulos oficiales de grado que cumpla los siguientes requisitos.

 

1) En el caso de alumnos de grado, que haya superado, al menos, el 50% de los créditos que componen la carga lectiva de la titulación en la Universidad de Cádiz .

2) Que le reste para finalizar estudios una asignatura anual o dos semestrales en el caso de estudios de grado y una asignatura en el caso de estudios de máster.

 

Los créditos que componen el Trabajo/Proyecto Fin de Grado o Máster y las asignaturas prácticas (prácticas clínicas, rotatorios clínicos, practicum, prácticas externas, períodos de embarque, etc.) no se consideran en el cómputo a efectos de determinar si la solicitud presentada cumple con estos requisitos.  

 

El alumnado que pretenda ser evaluado por compensación, dirigirá su solicitud a la Comisión de evaluación por compensación en los plazos establecidos para ello:  

 

  • Primer Plazo: Del 7 al 22 de enero.
  • Segundo Plazo: Del 7 al 22 de marzo.
  • Tercer Plazo: Del 7 al 22 de julio.
  • Cuarto Plazo: Del 22 de septiembre al 7 de octubre