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UniversidaddeCádiz
Facultad de Filosofía y Letras

Adaptacion desde la licenciatura

Adaptación desde la licenciatura

Transferencia y reconocimiento de créditos: sistema propuesto por la Universidad

La
Universidad de Cádiz ha previsto hasta ahora en su normativa todo lo
referente a convalidaciones, reconocimiento y adaptación de créditos,
estando toda la información disponible en la web de la Universidad.

En
los nuevos planes de estudios de Grado, la Universidad de Cádiz
procederá a la adaptación de la normativa e incorporará los
requerimientos fijados en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre,
por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias
oficiales.

El Grado en Estudios Árabes e Islámicos estará
sujeto a la nueva normativa, cumpliéndose en todo caso las
especificaciones, señaladas en el artículo 6 sobre reconocimiento y
transferencia de créditos, y en el artículo 13 sobre Reconocimientos de
Créditos en las Enseñanzas de Grado, del citado Real Decreto 1393/2007.

Así,
el reconocimiento será entendido como la aceptación por la Universidad
de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas
oficiales, en la misma u otra Universidad, son computados en otras
enseñanzas distintas a efectos de la obtención de un título oficial. Así
mismo, la Transferencia implica que, en los documentos académicos
oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante,
se incluirán la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas
oficiales cursadas con anterioridad, en la misma u otra universidad, que
no hayan conducido a la obtención de un título oficial.

Todos
los créditos obtenidos por el estudiante en estudios oficiales cursados
en cualquier universidad, tanto los transferidos como los cursados para
la obtención del correspondiente título, serán incluidos en su
expediente académico y reflejados en el Suplemento Europeo al Título.

Los
créditos obtenidos por el estudiante con anterioridad, podrán ser
reconocidos en las nuevas enseñanzas seguidas por él, de acuerdo con la
normativa que a tal efecto establezca la Universidad que, en todo caso,
deberá respetar las siguientes reglas básicas:

Siempre que
el título al que se pretende acceder pertenezca a la misma rama de
conocimiento, serán objeto de reconocimiento los créditos
correspondientes a materias de formación básica de dicha rama.

Serán
también objeto de reconocimiento los créditos obtenidos en aquellas
otras materias de formación básica pertenecientes a la rama de
conocimiento del título al que se pretende acceder.

El
resto de créditos podrán ser reconocidos por la Universidad teniendo en
cuenta la adecuación entre las competencias y los conocimientos
asociados a las restantes materias cursadas por el estudiante y los
previstos en el plan de estudios o bien que tengan carácter transversal.

Asimismo,
se establecerá en esta norma, los reconocimientos de créditos que los
estudiantes pueden obtener por la participación en actividades
universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil,
solidarias y de cooperación, hasta un máximo de 6 créditos del total del
plan de estudios cursados.

Procedimiento de adaptación, en su caso, de los estudiantes de los estudios existentes al nuevo plan de estudio

A
efectos exclusivamente de facilitar la adaptación entre ambas
titulaciones, se establece el cuadro de reconocimiento entre asignaturas
que aparece más abajo. Para su elaboración se ha tenido en cuenta que
la decisión de reconocimiento se adopta tomando en consideración, en
términos de conjunto, que los resultados de aprendizaje alcanzados en
los contenidos cursados por un estudiante sean comparables a aquellos
para los que se solicita el reconocimiento. Las resoluciones de
reconocimiento podrán acompañarse de recomendaciones para que el alumno
complete su formación en una o varias materias.

En
cualquier caso los criterios de reconocimiento que contempla la presente
memoria podrán ser ampliados a otros casos si la Comisión de Garantía
Interna de Calidad del Centro determina que hay situaciones que no han
sido contempladas con la perspectiva adecuada, y que puedan perjudicar
el desarrollo curricular de algún estudiante.

En todo
caso se hará valer el criterio de reconocer los contenidos relacionados
con la titulación, e identificar las materias que deba cursar el alumno
para completar las competencias del Grado.

Estos
criterios serán de aplicación a la incorporación al Grado de estudiantes
procedentes de sistemas educativos extranjeros, en cuyo caso, y con las
debidas garantías académicas, se aplicarán los criterios con la
oportuna flexibilidad.

Convalidación de materias

Los
estudiantes que actualmente estén cursando la Licenciatura en Filología
Árabe podrán solicitar a la Comisión de Convalidación de la Facultad de
Filosofía y Letras la convalidación de todas aquellas materias que le
conduzcan a la adquisición de conocimientos y competencias similares a
las contempladas en las materias de grado. La Comisión deberá
contemplar la opción más favorable para el alumno/a de todas las
posibles.

Adaptación global

Los
estudiantes que en el momento de solicitar la adaptación hubieran
superado al menos 240 créditos de la Licenciatura en Filología Árabe
podrán obtener el título de Grado, siempre que hayan superado los
créditos correspondientes al primer ciclo y todas las asignaturas
troncales y obligatorias del segundo ciclo, si bien habrán de realizar
la defensa del Trabajo de Fin de Grado. En este caso, la normativa
específica de la Universidad de Cádiz para la adjudicación, presentación
y defensa de los Trabajos de Fin de Grado, determinará las
circunstancias especiales y requisitos necesarios que condicionarán la
matrícula en dicha materia para los alumnos de la actual Licenciatura.

En
cualquier caso, y con objeto de garantizar los derechos adquiridos de
todos los estudiantes que en el momento de la puesta en marcha del
Título de Grado se encuentren matriculados en cualquiera de los cursos o
asignaturas del plan de estudios de Licenciatura en Filología Árabe,
una vez extinguida su docencia, tendrán derecho a examen de las
asignaturas extinguidas en las convocatorias vigentes durante un período
de dos años. Los estudiantes que en ese período no cumplan los
requisitos necesarios para la obtención del Título de Licenciatura y
deseen continuar sus estudios, deberán solicitar obligatoriamente la
adaptación al nuevo Título de Grado. No obstante, podrán solicitar la
adaptación con anterioridad a esa fecha siempre que se cumpla alguna de
las siguientes condiciones:

  • No haber superado alguna de las asignaturas extinguidas para las que no existen más convocatorias de exámenes.
  • La adaptación conduciría a una situación en la que podría matricularse de al menos 60 créditos ECTS de las asignaturas del Título de Grado implantadas en ese momento.
  • La adaptación conduciría a una situación en la que podría matricularse de todos los créditos ECTS que le faltaran para obtener el Título de Grado matriculándose en asignaturas implantadas en ese momento.

Por
otra parte, para facilitar la adaptación de los estudiantes a la nueva
titulación en las mejores condiciones posibles, a través del sistema de
tutorización a estudiantes, se les ofrecerá la posibilidad de realizar
un análisis previo individualizado de las distintas posibilidades,
recomendándoles la vía más adecuada de adaptación de entre las
contempladas en la presente memoria.

En todo caso, la
resolución sobre las solicitudes de adaptación presentadas se realizará
siguiendo la normativa vigente al respecto en cada momento en la
Universidad de Cádiz.

Tabla 1. Adaptaciones por asignaturas/materias

Licenciatura en Filología Árabe (BOE18-02-2002)

Créditos

Grado en Estudios Árabes e Islámicos

Créditos

ECTS

Lengua

9

Lengua

6

Lingüística

9

Lingüística

6

Latín

9

Lengua Clásica

6

Segunda Lengua y su Literatura

12

Idioma Moderno

12

Teoría de la Literatura

9

Literatura

6

Lengua Árabe I

9

Lengua árabe I

6

Lengua Árabe II

9

Lengua árabe II

6

Composición y Conversación en Árabe I

6

Árabe moderno I

6

Composición y Conversación en Árabe II

6

Árabe moderno II

6

Árabe de los Medios de Comunicación

6

Árabe moderno III

6

Gramática Árabe

12

Lengua árabe III y Lengua árabe IV

12

(6+6)

Historia de la Lengua Árabe

12

Lengua árabe V y Árabe moderno IV

12 (6+6)

Dialectología Árabe

12

Árabe moderno V y Árabe de los medios de comunicación

12

(6+6)

Composición escrita en Árabe Moderno

6

Conversación y composición en árabe

6

Conversación en Árabe Moderno

6

Conversación y composición en árabe

6

Literatura Árabe I

9

Literatura árabe clásica

6

Literatura Árabe II

9

Literatura árabe moderna y del Magreb

6

Instituciones Islámicas

12

Instituciones del Islam

6

Historia y Cultura Árabo-Islámica

12

Historia y cultura árabe e islámica I y II

12

(6+6)

Árabe Marroquí

12

Árabe marroquí

6

Lengua Beréber I y II

12

Historia y cultura de los amaziges

6

Textos Literarios Árabes Modernos

9

Textos literarios árabes modernos

6

Textos Literarios Árabes Antiguos

6

Textos literarios árabes clásicos

6

Civilización de al-Andalus a través de sus Textos

6

Historia de al-Andalus

6

Cultura y Civilización del Oriente Islámico

5

Civilización islámica

6