Política de Cookies

El sitio web de la Universidad de Cádiz utiliza cookies propias y de terceros para realizar análisis de uso y medición del tráfico, así como permitir el correcto funcionamiento en redes sociales, y de este modo poder mejorar su experiencia de navegación.

Si desea configurar las cookies, pulse el botón Personalizar Cookies. También puede acceder a la configuración de cookies en cualquier momento desde el enlace correspondiente en el pie de página.

Para obtener más información sobre las cookies puede consultar la Política de cookies del sitio web de la Universidad de Cádiz.

Personalización de Cookies

El sitio web de la Universidad de Cádiz utiliza cookies propias y de terceros para realizar análisis de uso y medición del tráfico, así como permitir el correcto funcionamiento en redes sociales, y de este modo poder mejorar su experiencia de navegación.

Para obtener más información sobre las cookies puede consultar la Política de cookies del sitio web de la Universidad de Cádiz. También puede acceder a la configuración de cookies en cualquier momento desde el enlace correspondiente en el pie de página.

A continuación podrá configurar las cookies del sitio web según su finalidad:

  • Análisis estadístico

    En este sitio se utilizan cookies de terceros (Google Analytics) que permiten cuantificar el número de usuarios de forma anónima (nunca se obtendrán datos personales que permitan identificar al usuario) y así poder analizar la utilización que hacen los usuarios del nuestro servicio, a fin de mejorar la experiencia de navegación y ofrecer nuestros contenidos de manera óptima.

  • Redes sociales

    En este sitio web se utilizan cookies de terceros que permiten el correcto funcionamiento de algunas redes sociales (principalmente Youtube y Twitter) sin utilizar ningún dato personal del usuario.

UniversidaddeCádiz
Facultad de Filosofía y Letras

Adaptacion desde la licenciatura

Adaptación desde la licenciatura

1. Transferencia y reconocimiento de créditos.

La
Universidad de Cádiz ha previsto hasta ahora en su normativa todo lo
referente a convalidaciones, reconocimiento y adaptación de créditos,
estando toda la información disponible en la página web de la
Universidad.

En
los nuevos planes de estudios de Grado la Universidad de Cádiz
procederá a la adaptación de la normativa e incorporará los
requerimientos fijados en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre,
por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias
oficiales.

El
Grado en Filología Clásica estará sujeto a la nueva normativa,
cumpliéndose en todo caso las especificaciones, señaladas en el artículo
6 sobre reconocimiento y transferencia de créditos, y en el artículo 13
sobre Reconocimientos de Créditos en las Enseñanzas de Grado, del
citado Real Decreto 1393/2007.

Así,
el reconocimiento será entendido como la aceptación por la Universidad
de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas
oficiales, en la misma u otra Universidad, son computados en otras
enseñanzas distintas a efectos de la obtención de un título oficial. Así
mismo, la Transferencia implica que, en los documentos académicos
oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante,
se incluirán la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas
oficiales cursadas con anterioridad, en la misma u otra universidad, que
no hayan conducido a la obtención de un título oficial.

Todos
los créditos obtenidos por el estudiante en estudios oficiales cursados
en cualquier universidad, tanto los transferidos como los cursados para
la obtención del correspondiente título, serán incluidos en su
expediente académico y reflejados en el Suplemento Europeo al Título.

Los
créditos obtenidos por el estudiante con anterioridad, podrán ser
reconocidos en las nuevas enseñanzas seguidas por él, de acuerdo con la
normativa que a tal efecto establezca la Universidad que, en todo caso,
deberá respetar las siguientes reglas básicas:

  • Siempre
    que el título al que se pretende acceder pertenezca a la misma rama de
    conocimiento, serán objeto de reconocimiento los créditos
    correspondientes a materias de formación básica de dicha rama.
  • Serán
    también objeto de reconocimiento los créditos obtenidos en aquellas
    otras materias de formación básica pertenecientes a la rama de
    conocimiento del título al que se pretende acceder.
  • El
    resto de créditos podrán ser reconocidos por la Universidad teniendo
    en cuenta la adecuación entre las competencias y los conocimientos
    asociados a las restantes materias cursadas por el estudiante los
    previstos en el plan de estudios o bien que tengan carácter transversal.

Asimismo,
se establecerá en esta norma, los reconocimientos de créditos que los
estudiantes pueden obtener por la participación en actividades
universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil,
solidarias y de cooperación, hasta un máximo de 6 créditos del total del
plan de estudios cursados.

2. Procedimiento de adaptación, en su caso, de los estudiantes de los estudios existentes al nuevo plan de estudios.

A efectos exclusivamente de facilitar la adaptación entre ambas titulaciones, se establece el cuadro de reconocimiento entre asignaturas que aparece más abajo. Para su elaboración se ha tenido en cuenta que la decisión de reconocimiento se adopta tomando en consideración, en términos de conjunto, que los resultados de aprendizaje alcanzados en los contenidos cursados por un estudiante sean comparables a aquellos para los que se solicita el reconocimiento. Las resoluciones de reconocimiento podrán acompañarse de recomendaciones para que el alumno complete su formación en una o varias materias. En cualquier caso los criterios de reconocimiento que contempla la presente memoria podrán ser ampliados a otros casos si la Comisión de Garantía Interna de Calidad del Centro determina que hay situaciones que no han sido contempladas con la perspectiva adecuada, y que puedan perjudicar el desarrollo curricular de algún estudiante. En todo caso se hará valer el criterio de reconocer los contenidos relacionados con la titulación, e identificar las materias que deba cursar el alumno para completar las competencias del Grado. Estos criterios serán de aplicación a la incorporación al Grado de estudiantes procedentes de sistemas educativos extranjeros, en cuyo caso, y con las debidas garantías académicas, se aplicarán los criterios con la oportuna flexibilidad.

Convalidación de materias

Los estudiantes que actualmente estén cursando la Licenciatura en Filología Clásica podrán solicitar a la Comisión de Convalidación de la Facultad de Filosofía y Letras la convalidación de todas aquellas materias que le conduzcan a la adquisición de conocimientos y competencias similares a las contempladas en las materias de grado. La Comisión deberá contemplar la opción más favorable para el alumno/a de todas las posibles.

Adaptación global:

Los estudiantes que en el momento de solicitar la adaptación hubieran superado al menos 240 créditos de la Licenciatura en Filología Clásica podrán obtener el título de Grado, siempre que hayan superado los créditos correspondientes al primer ciclo y todas las asignaturas troncales y obligatorias del segundo ciclo, si bien habrán de realizar la defensa del Trabajo de Fin de Grado. En este caso, la normativa específica de la Universidad de Cádiz para la adjudicación, presentación y defensa de los Trabajos de Fin de Grado, determinará las circunstancias especiales y requisitos necesarios que condicionarán la matrícula en dicha materia para los alumnos de la actual Licenciatura.

En cualquier caso, y con objeto de garantizar los derechos adquiridos de todos los estudiantes que en el momento de la puesta en marcha del Título de Grado se encuentren matriculados en cualquiera de los cursos o asignaturas del plan de estudios de Licenciatura en Filología Clásica, una vez extinguida su docencia, tendrán derecho a examen de las asignaturas extinguidas en las convocatorias vigentes durante un período de dos años. Los estudiantes que en ese período no cumplan los requisitos necesarios para la obtención del Título de Licenciatura y deseen continuar sus estudios, deberán solicitar obligatoriamente la adaptación al nuevo Título de Grado. No obstante, podrán solicitar la adaptación con anterioridad a esa fecha siempre que se cumpla alguna de las siguientes condiciones:

  • No haber superado alguna de las asignaturas extinguidas para las que no existen más convocatorias de exámenes.
  • La adaptación conduciría a una situación en la que podría matricularse de al menos 60 ECTS de las asignaturas del Título de Grado implantadas en ese momento.
  • La adaptación conduciría a una situación en la que podría matricularse de todos los ECTS que le faltaran para obtener el Título de Grado matriculándose en asignaturas implantadas en ese momento.

Por otra parte, para facilitar la adaptación de los estudiantes a la nueva titulación en las mejores condiciones posibles, a través del sistema de tutorización a estudiantes, se les ofrecerá la posibilidad de realizar un análisis previo individualizado de las distintas posibilidades, recomendándoles la vía más adecuada de adaptación de entre las contempladas en la presente memoria.

En todo caso, la resolución sobre las solicitudes de adaptación presentadas se realizará siguiendo la normativa vigente al respecto en cada momento en la Universidad de Cádiz.

Licenciatura en Filología Clásica (B.O.E. 6 de marzo de 2002)

Créditos

Grado en Filología Clásica

Créditos

Asignatura
Materia
Lengua
9
Lengua
6
Lingüística
9
Lingüística
6
Introducción a la Lengua Latina
12
Lengua Clásica (Latín)
6
Introducción a la Lengua Griega
12
-Lengua griega
-Prosa Griega (Oratoria Griega)
6
6
Griego Moderno I
6
Idioma Moderno I (Griego moderno; primer semestre)
6
Griego Moderno II
6
Idioma Moderno I (Griego moderno; segundo semestre)
6
Teoría de la Literatura
9
Literatura
6
Lengua Griega y su Literatura I
9
Prosa Griega (Diálogo Platónico)
6
Lengua Latina y su Literatura I
9
-Textos Latinos en Prosa I
-Textos Latinos en Verso I
6
6
Sintaxis Latina
9
Sintaxis Latina
6
Lengua Griega y su Literatura II
9
Teatro Griego
6
Lengua Latina y su Literatura II
9
-Textos Latinos en Prosa II
-Textos Latinos en Verso II
6
6
Sintaxis Griega
9
Sintaxis Griega
6
Literatura Griega Arcaica y Clásica
7’5
Literatura Griega Arcaica y Clásica
6
Literatura Griega Helenística e Imperial
7’5
Literatura Griega Helenística e Imperial
6
Fonética y Morfología Latinas
9
Fonética y Morfología Latinas
6
Textos Griegos I
9
Historiografía Griega
6
Textos Latinos I
9
Poesía Latina Augústea
6
Historia y Civilización Clásicas
12
Cultura Clásica
6
Literatura Latina de las Épocas Republicana e Imperial
7’5
-Literatura Latina Republicana
-Literatura Latina Imperial
6
6
Literatura Latina Medieval y Humanística
7’5
Latinidad Medieval y Renacentista
6
Fonética y Morfología Griegas
9
Fonética y Morfología Griegas
6
Textos Griegos II
9
Poesía Arcaica Griega
6
Textos Latinos II
9
Poesía Latina Augústea
6
Mitología y Religión Griegas de las Épocas Arcaica y Clásica
6
Religión y Mito en Grecia
6
Mitología y Religión Griegas de las Épocas Helenística e Imperial
6
Religión y Mito en Grecia
6
Terminología Grecolatina en las Ciencias y la Medicina
6
Etimología y Terminología Grecolatinas
6
Latín Activo I
6
Lengua Clásica (Latín)
6
Latín Activo II
6
Lengua Clásica (Latín)
6
Orígenes y Formación del Español
6
Fonética y Fonología Históricas
6
Textos Literarios Españoles Medievales y del Siglo de Oro
6
Literatura Románica
6
La Tradición Clásica en la Literatura Occidental
6
Tradición Clásica en la Literatura y el Arte
6
Latín Medieval I
6
Latinidad Medieval y Renacentista
6
Latín Medieval II
6
Latinidad Medieval y Renacentista
6
Latín Humanístico I
6
Latinidad Medieval y Renacentista
6
Latín Humanístico II
6
Latinidad Medieval y Renacentista
6