Normativas de evaluación
📝 Normativas de evaluación
En este apartado se recogen las principales normas e instrucciones sobre evaluación, revisión de exámenes, evaluación por compensación, así como actas y sistema de calificaciones.
🔎 Evaluación y revisión de exámenes
Solicitud de evaluación global
La Universidad de Cádiz establece en su Reglamento UCA/CG03/2024, de 22 de abril, por el que se modifica el Reglamento por el que se regula el Régimen de Evaluación (aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 22 de abril de 2024), concretamente, en su artículo 2, dos modalidades de evaluación:
- a) evaluación continua y
- b) evaluación global.
Los/as estudiantes que quieran solicitar la evaluación global han de tener en cuenta que:
- 1️⃣ La solicitud de evaluación global de una asignatura debe realizarse al profesorado responsable de la materia para la que la solicita.
- 2️⃣ La solicitud de evaluación global debe realizarse para cada convocatoria en la cual se opte por esta modalidad.
- 3️⃣ En aquellos casos que el alumnado solicite la prueba global para una asignatura renuncia a la evaluación continua.
- 4️⃣ Se puede solicitar la evaluación global desde la primera convocatoria.
- 5️⃣ La prueba o pruebas de evaluación global las establece el profesorado responsable de la asignatura.
Solicitud de llamamiento especial
La Universidad de Cádiz establece en su Reglamento UCA/CG03/2024, de 22 de abril, por el que se modifica el Reglamento por el que se regula el Régimen de Evaluación (aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 22 de abril de 2024), concretamente, en su artículo 10, una convocatoria especial extraordinaria al que podrá concurrir el estudiantado cuando concurra una circunstancia que, debidamente acreditada, le haya imposibilitado, en las convocatorias ordinarias, acudir al llamamiento ordinario, siempre que se acredite documentalmente alguna de las siguientes circunstancias:
- coincidencia de exámenes en el mismo día natural del asignaturas del mismo plan de estudios,
- asistencia a reuniones de órganos colegiados en representación de la UCA,
- enfermedad que impida acudir al examen,
- ingreso hospitalario del estudiante o familiar hasta 2º grado,
- fallecimiento de familiar hasta 2º grado en los 4 días previos,
- coincidencia con actividades oficiales de deportistas de alto nivel u
- otro motivo grave debidamente justificado.
| 📅 Criterios aplicables en caso de coincidencias de exámenes según la convocatoria | ||||
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En el supuesto de que el llamamiento especial se solicite por asistencia a un examen de la convocatoria ordinaria el mismo día natural en que estén programados uno o más exámenes finales de asignaturas del mismo plan de estudios, prevalecerá en todo caso el derecho del estudiante a ser evaluado, aplicándose los siguientes criterios: |
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| Coincidencia | Febrero | Junio | Septiembre | Aplicación |
| Coincidencia de dos exámenes de convocatoria ordinaria | 2 asignaturas del 1.º semestre | 2 asignaturas del 2.º semestre | 2 asignaturas del 1º y/o 2º semestre | El estudiante elige uno en la convocatoria ordinaria y solicita llamamiento especial para el otro. |
| Coincidencia de un examen de convocatoria ordinaria y otro de convocatoria extraordinaria | 1 asignatura del 1.º semestre (ordinaria) y 1 asignatura del 2º semestre (extraordinaria) | 1 asignatura del 1º semestre (extraordinaria) y 1 asignatura del 2º semestre (ordinaria) | 2 asignaturas del 1º y/o 2º semestre | El estudiante debe presentarse al examen ordinario y solicitar llamamiento especial para el extraordinario. |
| Coincidencia de dos exámenes de convocatoria extraordinaria | 2 asignaturas del 2.º semestre | 2 asignaturas del 1.º semestre | 2 asignaturas del 1º y/o 2º semestre | El estudiante elige uno y solicita llamamiento especial para el otro. |
Solicitud de la convocatoria de diciembre
La Universidad de Cádiz establece en su Reglamento UCA/CG03/2024, de 22 de abril, por el que se modifica el Reglamento por el que se regula el Régimen de Evaluación (aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 22 de abril de 2024), concretamente, en sus artículos 7.4 y 7.5, la posibilidad de una convocatoria extraordinaria en diciembre, en los siguientes términos:
- ➡️ En los títulos de grado, para aquellos estudiantes a los que les resten para finalizar sus estudios 42 créditos o menos de la carga lectiva de la titulación o, alternativamente, les resten un máximo de 3 asignaturas para terminar dichos estudios, aunque estas en su conjunto superen los créditos indicados.
- ➡️ En los títulos de máster, para aquellos estudiantes a los que les resten para finalizar sus estudios 12 créditos o menos, sin contabilizar los créditos de las prácticas y del Trabajo de Fin de Máster en este cómputo.
De acuerdo con el citado reglamento, la solicitud de convocatoria extraordinaria de diciembre deberá realizarse, tanto para Grado como para Máster, durante la segunda quincena de octubre..
Solicitud de evaluación por compensación
La evaluación por compensación es un procedimiento excepcional que permite valorar globalmente el rendimiento académico del estudiantado cuando, cumpliendo determinados requisitos, le reste un número reducido de asignaturas para finalizar sus estudios.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 2 y 4 del Reglamento UCA/CG08/2014, de 16 de diciembre, de evaluación por compensación , el estudiantado podrá solicitar esta modalidad siempre que cumpla los siguientes requisitos:
- 1️⃣ En estudios de grado, haber superado al menos el 50 % de los créditos de la titulación en la Universidad de Cádiz.
- 2️⃣ Que reste para finalizar los estudios:
- una asignatura anual o dos semestrales, en el caso de grado;
- una asignatura, en el caso de máster.
Los créditos correspondientes al Trabajo/Proyecto Fin de Grado o Máster y las asignaturas prácticas (prácticas externas, practicum, rotatorios clínicos, etc.) no se computan a efectos de determinar el cumplimiento de estos requisitos.